Propiedad intelectual y marcas
Protegiendo su identidad y creaciones
Marcas, patentes, diseños y modelos de utilidad, transferencia y licenciamiento de tecnología, secretos comerciales e industriales, know-how, nombres de dominio de Internet, derechos de autor y software, se han convertido en activos cuyo valor frecuentemente excede aquél de los activos físicos tradicionales.
Por lo tanto, es crítico para cualquier empresa, no importando su tamaño, desarrollar las mejores estrategias para proteger y administrar éstos intangibles aunque altamente valiosos activos.
Castro Sammartino & Pierini efectúa búsquedas de antecedentes de marcas, solicita registros, efectúa y contesta oposiciones, realiza mediaciones y litigios.
Es habitual también que prestemos asesoramiento para clientes con cuestiones de propiedad intelectual e industrial, se trate de secretos comerciales, marcas, derechos de autor, licencias o datos personales. Especialmente, se trabaja para establecer programas de protección de la propiedad intelectual e industrial de las empresas y preparar acuerdos de confidencialidad y no competencia cuando es necesario.
También podemos asistir a nuestros clientes a resolver los conflictos asociados con los derechos de usar y explotar la propiedad intelectual e industrial. Si su propiedad intelectual o industrial ha sido infringida o su derecho de usar cierta propiedad intelectual o industrial ha sido cuestionado, podemos ayudarlo a entender la cuestión y perseguir sus derechos.
Castro Sammartino & Pierini con su empresa, para estar mejor, siempre.
De nuestro Blog Legal
La Resolución 142/2021 del Ministerio de Trabajo: límites al ámbito de aplicación personal del régimen legal del teletrabajo
La Resolución 142/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial el 19 de marzo de 2021, precisa el ámbito de aplicación personal del teletrabajo.
Ante la próxima vigencia del régimen legal del teletrabajo, ¿se debe firmar contrato de teletrabajo con los actuales teletrabajadores?
Todas las empresas que tuviesen teletrabajadores, ante la entrada en vigencia del régimen legal de teletrabajo deberían firmar contrato de teletrabajo.
¿Hay que formalizar por escrito el contrato de teletrabajo?
Las desprolijidades e imprecisiones del régimen legal del contrato de teletrabajo plantean la duda si existe una forma para celebrarlo.
¿Preparado para estar mejor?
¿Sólo desea mantenerse en contacto por el momento?

