¿Para que sirve el protocolo familiar en una empresa de familia?
El protocolo familiar es quizás la P mayúscula de lo que denominamos las 3 p del éxito de las empresas de familia[1]. Es el documento basal de la planificación y profesionalización de la empresa familiar, del cual se desprenderán seguramente otros documentos complementarios, tales como estatutos, contratos sociales e instrumentos constitutivos de sociedades, convenios entre socios, pactos sobre la sucesión en la empresa familiar, contratos de fideicomisos, donaciones, reservas de usufructo, rentas vitalicias, testamentos, legados, etcétera.
Y como documento basal, el protocolo familiar buscará plasmar los 4 ejes sobre los que se asientan la constitución, gestión y sucesión de las empresas de familia: la regulación de la incorporación de los familiares a la empre y el mantenimiento de la propiedad o el control en la familia; la estabilidad de la gestión; la sucesión; y la prevención de los conflictos.
El protocolo familiar puede tener un contenido muy amplio, encontrándose usualmente menciones y disposiciones sobre:
- La historia y definición de los valores de la familia empresaria;
- La creación y organización de los órganos de la empresa de familia, principalmente el llamado Consejo de Familia, y el Comité de Seguimiento del Protocolo;
- La participación de los familiares en la empresa, determinando las condiciones para el ingreso como socios, administradores y gerentes de las sociedades o empleados en relación de dependencia;
- Las restricciones para las transferencias de las participaciones societarias entre familiares o a terceros, los derechos de preferencia en la adquisición y de acrecer y el procedimiento de ejercicio;
- Las restricciones para el ingreso de herederos que no sean consanguíneos (excluyéndose así a los cónyuges de familiares), los derechos de preferencia en la adquisición de las participaciones societarias y de acrecer y el procedimiento de ejercicio;
- Las prohibiciones para garantizar obligaciones con participaciones societarias;
- Las políticas de tratamiento de los resultados negativos o positivos de la actividad empresaria, la capitalización de utilidades, la constitución de reservas, la distribución de dividendos, los retiros de los socios;
- Las condiciones de financiación de la empresa por aportes de los propios familiares, o por la apertura de su capital a terceros;
- La designación de directores y gerentes no familiares e independientes;
- El funcionamiento de los órganos de administración y gobierno de las sociedades. Los mecanismos de desempate en las decisiones para evitar parálisis.
- Las políticas de honorarios, retribuciones y salarios de los directores, gerentes y empleados familiares;
- Las restricciones y condiciones para la celebración de contratos comerciales con familiares o con sociedades controladas por familiares, vinculadas a los mismos o en las cuales familiares tengan una participación significativa o integren los órganos de administración o gerencias;
- Los compromisos de no competencia con los negocios familiares;
- Las causales de exclusión de socios;
- Las opciones de compra (call) o venta (put) de cuotas partes o acciones de socios ante ciertas condiciones;
- Las cláusulas de inclusión (tag along) o arrastre (drag along) de las minorías en caso de oportunidades de venta a terceros del paquete de control;
- Las políticas de ayuda a familiares;
- La forma de valuar las participaciones societarias para el caso de retiros de socios o fallecimientos de socios;
- El recambio generacional y retiro de la empresa, Bonos de goce. Rentas vitalicias;
- Los mecanismos para asegurar el cumplimiento del protocolo de familia (por ejemplo, a través de fideicomisos o poderes irrevocables);
- Las consecuencias y sanciones ante el incumplimiento del protocolo; y
- Los mecanismos para la solución de conflictos.
Por supuesto que la enumeración anterior no es taxativa y existen muchas otras cuestiones que pueden regularse en el protocolo de familia.
El contenido del protocolo familiar es determinado por los miembros de la familia y, de acuerdo a las particulares necesidades de cada familia en particular, puede intentar regular la totalidad de la problemática que presenta la empresa familiar, o elaborarse progresivamente cubriendo primero las cuestiones dónde sea más fácil lograr consensos, para luego abordar las más espinosas.
Finalmente, se debe tener presente que el protocolo familiar no es ni debe ser inmutable, sino que puede y debe ser revisado periódicamente para ponerlo en sintonía con la evolución de la empresa familiar, y el cambio de las necesidades personales, o grupales de sus integrantes.
Es común entonces establecer en el protocolo un órgano o Comité de Seguimiento que evalúe el cumplimiento de este en la práctica, la satisfacción de los intereses que se quisieron regular o proteger con el protocolo familiar, y su necesidad de adaptación a los cambios que la realidad vaya imponiendo.
Mario E. Castro Sammartino
[1] Ver nuestra anterior publicación “¿Qué es una empresa familiar? Las 3 p y los 4 ejes de su éxito” aquí: https://cspabogados.com.ar/que-es-una-empresa-familiar/
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