Beneficios laborales: el seguro de vida como beneficio del trabajador

por 28 May 2020Empresas, Laboral y seguridad social

Entre los distintos beneficios laborales que las empresas pueden otorgar, la contratación de un seguro de vida como beneficio del trabajador no ha tenido hasta ahora una mayor difusión, tal vez por el desconocimiento sobre sus posibilidades, como tambien, un poco, por la negación a prever circunstancias que pueden en cualquier momento acontecer. Y el presente que nos toca vivir al escribir éstas líneas hace que las explicaciones al respecto sobren.

Pero lo que debe también advertirse es que el seguro de vida como beneficio alcanza también a la familia del empleado y a la misma empresa. Va mas alla de mejorar las condiciones estrictamente de trabajo dado que protege al grupo familiar del trabajador. Y alcanza a la empresa porque esta podría cubrir con el mismo la contingencia de la posible indemnización por muerte o incapacidad del trabajador.

Como una breve descripción práctica de la posible estructuración del beneficio:

a) La empresa como tomadora es quién contrata el seguro, fija las sumas aseguradas y paga la prima en consecuencia;

b) El trabajador presta consentimiento a que se asegure su vida, designa a los beneficiarios conforme lo que acuerde con su empleador y elige, dentro de los límites que brinda el monto por el cual se abona la prima, el tipo de seguro (por ejemplo si es un seguro ordinario de vida o tiene además capitalización);

c) Si ocurre el evento de fallecimiento o incapacidad del trabajador prevista por la póliza, la prestación abonada por el asegurador se imputa primero al pago de las indemnizaciones legales que pudieren corresponder y el saldo se destina a los beneficiarios designados o al propio trabajador en caso de incapacidad.

Los beneficios son evidentes para todos:

(a) Para el trabajador:

(i) Saber que su familia va a estar respaldada si alguna desgracia lo afecta, aún cuando la empresa no pueda afrontar las indemnizaciones que las leyes ponen a su cargo;

(ii) Si se incluyó la capitalización en el plan de seguro, se generaría un fondo que podría ser rescatado en ciertas condiciones;

(iii) Si su relación laboral se extingue por algún motivo, poder continuar con el seguro afrontando el mismo su propio costo.

(b) Para la empresa:

(i) Ofrecer un beneficio más de retención de sus recursos humanos;

(ii) Tener prevista la disponibilidad de los recursos financieros para solventar las indemnizaciones legales ante el fallecimiento o incapacidad de sus empleados;

(iii) Descontar la prima como gasto en el impuesto a las ganancias, sin tope[1].

El seguro de vida es un acto de previsión: asegurarse contra un posible infortunio que deje a una familia sin sostén o incapacite a una persona para poder seguir proveyendo en el futuro para sus seres queridos. Y en estos tiempos de pandemia en que la humanidad ha tomado un cruel pero necesario registro de su impermanencia y mortalidad, más que un acto de previsión es uno de debida responsabilidad hacia uno mismo y sus seres queridos.

Mario E. Castro Sammartino

[1] Además, hay que tener en cuenta que como este beneficio no sería remunerativo, sobre el mismo no se devengarían los aportes y contribuciones de la seguridad social, ni su importe incidiría en el cálculo de otros rubros como el aguinaldo o las vacaciones.

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