Enfermedades y accidentes inculpables: ¿cómo proceder ante la discrepancia entre los médicos?
Ocurre habitualmente que, ante enfermedades y accidentes inculpables, existan discrepancias entre los médicos que atienden al trabajador y el servicio de medicina laboral de la empresa sobre si el trabajador se encuentra en condiciones de retomar sus tareas habituales.
Lamentablemente no existe un procedimiento legal para superar esas discrepancias pero la jurisprudencia ha sentado criterios que deben tenerse en cuenta por los departamentos de recursos humanos de las empresas.
En un reciente fallo dictado con fecha 7 de noviembre de 2016, la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en autos “Barbas Celina Ester c. Fundaleu Fundación para Combatir la Leucemia y otro s. acción declarativa”, resolvió que “(…) la norma del art. 210 RCT faculta al empleador a ejercer el control de la enfermedad del trabajador a través de sus facultativos, pero en modo alguno importa la posibilidad de imponer su criterio médico a los dependientes o contratados. El trabajador que sigue el consejo de su médico no interrumpe el débito laboral, ya que sólo acepta la opinión del facultativo en quien deposita confianza y efectivamente lo trata.” (elDial AA9C94. La negrita es agregado nuestro).
Asimismo, el mencionado tribunal suministró su criterio para solucionar el problema.
Continuar leyendo
Si desea conocer como solucionar el problema de la discrepancia entre las opiniones de los médicos del trabajador y de la empresa, por favor, contáctenos.
Artículos recientes en el Blog Legal
El vendedor de productos y servicios informáticos, ¿es un viajante de comercio?
El vendedor de productos y servicios informáticos, ¿es un viajante de comercio?
Un reciente fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resuelve la cuestión de si un vendedor de productos y servicios informáticos encuadra como viajante de comercio. Conozca que dice
Las obligaciones de información en el contrato de franquicia: ¿qué hay que informar antes de firmar?
Las obligaciones de información en el contrato de franquicia recaen tanto sobre el franquiciante como sobre el futuro franquiciado, con distintos contenidos y formas de documentación.
Sobre el tema, Mario E. Castro Sammartino y el Dr. Osvaldo J. Marzoratti han elaborado un completo artículo titulado “Las obligaciones y cargas de información precontractual en el contrato de franquicia”, publicado en el ejemplar del Diario La Ley del día 16 de mayo de 2022.
Si desea información o asesoramiento sobre esta u otras cuestiones relacionadas al contrato de franquicia, contáctenos a su conveniencia.
¿Debo tener una guardería en la empresa?
¿Debo tener una guardería en la empresa? La cuestión fue reglamentada por el Decreto N° 144/2022. Sepa cuales son sus obligaciones
Chequeo de antecedentes de candidatos a empleados (background checks): ¿Qué puede hacerse en la Argentina?
El chequeo de antecedentes de los candidatos a empleados de una empresa tiene múltiples facetas e implicancias legales. Conozca que puede hacerse en la Argentina
Fallecimiento del cónyuge: ¿y ahora dónde voy a vivir?
Ante el fallecimiento del cónyuge y la existencia de herederos (especialmente de anteriores matrimonios) es habitual que el cónyuge supérstite (también llamado sobreviviente, o viudo) se pregunte: ¿y ahora dónde voy a vivir? Conozca la respuesta