¿Debo tener un síndico en mi sociedad? Nuevo importe de capital mínimo para tener sindicatura
El importe de capital mínimo para tener sindicatura societaria ha sido actualizado por la Resolución 10/2024 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (la Resolución), publicada en el Boletín Oficial del 8 de febrero de 2024[1].
La Resolución elevó $ 2.000.000.000 el importe del capital social a partir del cual las sociedades anónimas quedan sujetas a fiscalización estatal permanente y, en consecuencia, tener que organizar la sindicatura como órgano de control.
Esta actualización era urgente desde hace largo tiempo, ya que el anterior capital mínimo era de solo $ 50.000.000, con lo cual muchas sociedades estaban obligadas a tener síndico.
Problema distinto es quienes pueden ser síndicos y, especialmente, si pueden serlo los contadores certificantes de los balances y auditores. Cuestión que dejaremos para otra publicación o pueden consultarnos contactándonos si lo desean.
[1] http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/395000-399999/396495/norma.htm
Mario E. Castro Sammartino
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