Inversiones extranjeras directas en Argentina: nuevas regulaciones del Banco Central permitiendo el pago de dividendos sin previa autorización
El 16 de enero de 2020 el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la Comunicación “A” 6869, aliviando las restricciones del mercado de cambios para las compañías multinacionales haciendo negocios en la Argentina.
En el caso de que accionistas no residentes realicen nuevas inversiones extranjeras directas en Argentina a partir del 17 de enero de 2020, las correspondientes compañías argentinas estarán autorizadas a acceder al mercado de cambios para el pago de dividendos a los accionistas no residentes, sin la previa autorización del BCRA, sujeto a las siguientes condiciones:
- a) Los aportes de capital deben haber sido transferidos a la Argentina y cambiados por pesos a través del mercado de cambios a partir del 17 de enero de 2020;
- b) Los dividendos deben surgir de estados contables auditados y aprobados de la compañía local;
- c) El total de los pagos al exterior a realizar por dividendos (incluyendo el monto del pago realizado al momento de acceder al mercado de cambios) no debe exceder el 30% del valor de los nuevos aportes de capital por inversiones extranjeras directas;
- d) El acceso al mercado de cambios para el pago de dividendos debe producirse en un plazo no menor a 30 días corridos desde el cambio por pesos a través del mercado de cambios del último aporte de capital que se compute para el cumplimiento del límite del 30% antes mencionado;
- e) La compañía argentina debe al menos presentar el inicio del trámite de inscripción del aumento de capital en el Registro Público y presentar la documentación de la capitalización definitiva del aporte dentro de los 365 días corridos desde el inicio del trámite; y
- f) La compañía local debe haber cumplido con el régimen de información sobre activos en y deudas con el exterior.
Mario E. Castro Sammartino
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