¿Cómo resolver conflictos societarios sin destruir el negocio?

por 21 Jul 2025Empresas, Empresa familiar, Sociedades

Resolver conflictos societarios sin destruir el negocio y el valor arduamente creado a lo largo del tiempo es el desafío más crucial después de emprender. Por diversas razones, es posible que, en algún punto del desarrollo empresarial, los socios pierdan el interés o el afecto por continuar juntos, o simplemente deseen retirarse del negocio.

Esta situación se manifiesta en empresas de todos los sectores, tamaños y estructuras, adquiriendo una gravedad particular en las empresas familiares, donde las cuestiones de negocio y patrimonio se entrelazan fuertemente con lazos sanguíneos y sentimentales, emociones, historias compartidas y problemas no resueltos. Si no existen pactos de socios o protocolos de familia empresaria que prevean métodos para la resolución de conflictos, la indecisión y la prolongación de estos solo llevarán, con certeza, a la destrucción del valor empresarial.

La legislación societaria argentina no ofrece herramientas para resolver este tipo de disputas, y los litigios orientados a establecer responsabilidades ciertamente no constituyen una solución, ya que ninguna de las partes quedará satisfecha después de su «día en la Corte».

Aunque poco conocidos en nuestro medio, existen en prácticas del exterior ciertos acuerdos a los que se puede recurrir para resolver conflictos societarios sin destruir el negocio. A continuación, mencionaremos dos de ellos.

1) Acuerdos de «escopeta» o compra-venta

Este método, conocido en prácticas foráneas como shotgun agreements o buy-sell agreements, consiste en que los socios en conflicto acuerden que una de las partes fije un precio de compra por acción (o por un bloque de acciones), y la otra decida comprar las acciones del oferente o venderle las propias al precio estipulado. En los casos en que las partes no logren acordar quién iniciará la «escopeta», esta cuestión podría resolverse mediante un método aleatorio simple, como el lanzamiento de una moneda.

2) Subasta privada

En este método, solo los socios en conflicto pueden pujar y requiere la designación de una persona independiente que actúe como subastador. Se acordará, o se decidirá al azar, quién realizará la primera puja, y cada puja sucesiva debe ser, como mínimo, un monto acordado por encima de la puja anterior1.

Conclusiones

La implementación de cualquiera de los métodos descritos[1] debe ser cuidadosamente instrumentada en documentos con fuerza legal. En estos, se debe regular detalladamente el procedimiento y todos los aspectos de la transacción resultante de la aplicación del método, las eventuales penalidades por incumplimiento –que deben ser significativas–, y cuestiones posteriores como, por ejemplo, un período en el que el vendedor acepte no competir con el negocio y se abstenga de contactar a clientes y empleados.

Las breves reflexiones anteriores solo informan sobre algunos métodos disponibles para resolver conflictos societarios sin destruir el negocio. Sin embargo, los lectores no deben actuar basándose en ninguna de estas posibilidades sin buscar primero asesoramiento legal especializado que evalúe todas las aristas de la empresa y el conflicto, y determine cuáles serían las mejores maneras de abordarlo.

Mario E. Castro Sammartino

[1] Cualquiera de estos métodos podría estar perfectamente incluidos de manera preventiva en convenios de socios o protocolos de empresas familiares.

 

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