Seguro La Estrella tasa de interés
Los empleados de comercio comprendidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130//75 (Comercio) se encuentran beneficiados por un seguro de retiro complementario del sistema previsional conocido como “La Estrella”[1].
En la práctica, cuando la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) demanda a las empresas por la falta de realización de las contribuciones patronales pretende cargar los abultados intereses que la Justicia Nacional del Trabajo adiciona normalmente a los créditos impagos.
Sin embargo, esta no es la tasa de interés que debe aplicarse sino una muy inferior, como ya lo ha resuelto la justicia. En efecto, en los autos Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios c/ C. S. S. S.A. s / Cobro de Aportes o Contribuciones, la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que “Corresponde confirmar la aplicación de la tasa de interés equivalente a la tasa libor vigente a la fecha, por todo el período de crédito considerado, de acuerdo a lo establecido en el Protocolo de fecha 21/06/91”.
La tasa de interés Libor es la que corresponde adicionar a la falta de pago de las contribuciones patronales al Seguro La Estrella, tasa que es mucho más baja que la pretendida por la FAECYS.
Para información adicional sobre éstas o cualesquiera otras cuestiones relacionadas con temas legales relativos a las empresas, por favor, suscríbase a nuestro Blog Legal o contáctenos a su conveniencia.
Mario Eduardo Castro Sammartino
Nuestras publicaciones expresan exclusivamente la opinión de su autor y no constituyen consejo ni opinión legal sobre caso alguno. De necesitarlo debe consultar con su abogado de confianza o puede contactarnos a su conveniencia. Si le ha gustado el artículo, por favor, compártalo.
[1] Si desea conocer cómo es su funcionamiento y las consecuencias de su incumplimiento, visite la siguiente entrada de nuestro Blog Legal: https://cspabogados.com.ar/seguro-la-estrella/
Síganos en las redes sociales
De nuestro Blog Legal sobre Empresas
La justicia lo dice una vez más: No existe relación laboral entre el franquiciante y los empleados del franquiciado
No existe relación laboral entre el franquiciante y los empleados del franquiciado, como claramente lo establece el Código Civil y Comercial de la Nación en su artículo 1520 y la justicia sigue ratificando
Oferta de trabajo: un fallo de alerta para las empresas
La oferta de trabajo o de empleo (u offer letter como es conocida en la práctica internacional de los recursos humanos) puede ser definida como un documento formal que una compañía envía a un candidato ofreciéndole incorporarlo bajo su relación de dependencia.
Alta médica provisoria: ¿hay obligación de otorgar tareas livianas?
Cuando un trabajador sufre una enfermedad o accidente inculpable es común que, cuando se acerque el vencimiento del plazo de licencia paga, el médico tratante del trabajador otorgue lo que en esta publicación llamaremos una “alta médica provisoria” autorizándolo para trabajar, por ejemplo, en un horario limitado y a resultas de su evolución. ¿Estamos ante una verdadera alta?
Desea conocer todas nuestras publicaciones o buscar por temas
Contáctenos
Será un placer conocerlo personalmente en nuestras oficinas o atender su llamado.
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 679, piso 3°
C1038AAM - Buenos Aires
Argentina