Empleados de Comercio Seguro La Estrella
Los empleados de comercio comprendidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130//75 (Comercio) se encuentran beneficiados por un seguro de retiro complementario del sistema previsional conocido como «La Estrella». El seguro La Estrella está regulado por las disposiciones de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 4.701/91 y N° 5.883/91, homologatorias de los acuerdos celebrados en negociación colectiva y complementarios del CCT 130/75.
La Estrella se financia con una contribución patronal del 2,5 % sobre los salarios de los trabajadores (incluyendo sueldo bruto, presentismo, y S.A.C. del mes correspondiente. El destino de los aportes es: cincuenta por ciento va a una «cuenta individual» de cada trabajador (el empleado asegurado que se desvincule de la empresa podrá retirar el saldo de su cuenta individual o mantener los fondos en el plan para obtener el beneficio en su oportunidad), mientras que el cincuenta por ciento restante se destina a la financiación del beneficio básico.
Si desea conocer cómo es su funcionamiento y las consecuencias de su incumplimiento, visite la siguiente entrada de nuestro Blog Legal: https://cspabogados.com.ar/seguro-la-estrella/
Mario Eduardo Castro Sammartino
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