Reglamentación de la ley de la economía del conocimiento en la Argentina
La ley de la economía del conocimiento ha sido finalmente reglamentada mediante Decreto Nº 708/2019, publicado en el Boletín Oficial el 16 de octubre de 2019 y con vigencia a partir del día siguiente. La reglamentación contiene importantes precisiones sobre el nuevo régimen de la economía del conocimiento, sin perjuicio de la delegación que hace en la autoridad de control para que dicte las normas aclaratorias y complementarias que sean necesarias para ponerlo en funcionamiento.
Además del análisis pormenorizado que oportunamente efectuaremos, como adelanto señalamos que, entre otras cuestiones, la reglamentación:
- Precisa como se considerará cumplido el requisito de la actividad principal;
- Establece como se estimarán los Gastos en Investigación y Desarrollo (I+D) y Capacitación;
- Determina la forma de evaluación del requisito de exportaciones;
- Fija que a los fines de la inscripción el interesado deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos en los últimos 6 meses inmediatos anteriores a la fecha de presentación de la respectiva solicitud;
- Regula la posibilidad de trasladar los beneficios tributarios a una persona jurídica distinta a la originalmente promocionada, como así también formula precisiones adicionales sobre la utilización del bono fiscal;
- Establece que deberán hacer los actuales beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software de la Ley 25.922 para adherirse al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
La reglamentación da un paso muy importante hacia la implementación del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento que, a la brevedad, deberá verse acompañado de las normas adicionales que se requieran para cumplir con los plazos de su entrada en vigencia.
Mario E. Castro Sammartino
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